Asociación Profesional de la Magistratura

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Bienvenidos a la APM

Comunicado de la APM ( 3 de febrero de 2012)

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La APM ha tenido conocimiento de la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo el pasado día 15 de diciembre de 2.011 que reconoce a los recurrentes miembros de la 59ª promoción, el derecho al cobro de la productividad en la parte que les correspondiere del año 2009, lo que en su día les fue negado por no haber tomado posesión de su cargo el 1 de enero de 2009.

            Conscientes de la trascendencia de esa sentencia, la APM ha redactado un modelo de solicitud de extensión de efectos de esa sentencia que remitirá a todos los integrantes de la 59ª promoción, por si les fuera de su interés y quisieran solicitar ante el Tribunal Supremo esa extensión de efectos y de esa forma beneficiarse de aquel pronunciamiento que repara la injusticia que sufrió esa promoción al no poder cobrar la productividad de aquel año en la parte que les correspondiere por no estar en activo a fecha 1 de enero de aquel año.

El Comité Ejecutivo

 

Comunicado de la APM ( 3 de febrero de 2012)

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La APM ha tenido conocimiento de la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo el pasado día 15 de diciembre de 2.011 que reconoce a los recurrentes miembros de la 59ª promoción, el derecho al cobro de la productividad en la parte que les correspondiere del año 2009, lo que en su día les fue negado por no haber tomado posesión de su cargo el 1 de enero de 2009.

            Conscientes de la trascendencia de esa sentencia, la APM ha redactado un modelo de solicitud de extensión de efectos de esa sentencia que remitirá a todos los integrantes de la 59ª promoción, por si les fuera de su interés y quisieran solicitar ante el Tribunal Supremo esa extensión de efectos y de esa forma beneficiarse de aquel pronunciamiento que repara la injusticia que sufrió esa promoción al no poder cobrar la productividad de aquel año en la parte que les correspondiere por no estar en activo a fecha 1 de enero de aquel año.

El Comité Ejecutivo

 

Comunicado de la APM ( 3 de noviembre de 2011)

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La Asociación Profesional de la Magistratura celebró su XIX Congreso los pasados días 26 a 28 de octubre en la ciudad de Santiago de Compostela bajo el lema "Por una Justicia de Calidad".

El Congreso, que se celebra cada 2 años, fija las directrices generales de la Asociación adoptadas democráticamente por todos los compromisarios. También elige y nombra al Presidente de la Asociación y a los Vocales que junto con el Presidente conformarán el Comité Ejecutivo de la Asociación.

En un ambiente de gran unidad el Congreso proclamó Presidente de la Asociación Profesional de la Magistratura a D. Jesús Chamorro González, cargo que ha venido desempeñando durante los últimos cuatro años. La Asociación, a pesar de los momentos convulsos que ha atravesado estos dos últimos años, ha experimentado un notable incremento en el número de asociados aumentando su posición mayoritaria en la Judicatura, todo lo cual revela su conexión con la problemática real de los jueces y magistrados, el empeño en la defensa de sus intereses, y su compromiso en la lucha por la independencia judicial. En el Congreso se reconoció la labor y el esfuerzo desarrollado durante este tiempo por Jesús Chamorro y los compromisarios decidieron por unanimidad su continuidad al frente de la Asociación.

Igualmente el Congreso eligió a los Vocales del Comité Ejecutivo cuya composición será:

PRESIDENTE: JESUS CHAMORRO GONZALEZ

(Presidente Sala Contencioso Administrativo TSJ de Asturias)

VICEPRESIDENTA:

CARMEN FRIGOLA CASTILLÓN. (Sala contencioso-administrativo TSJ Baleares)

SECRETARIA:

Mª TERESA SÁEZ MARTÍNEZ. (Sección 5ª Audiencia Provincial de Málaga)

VICESECRETARIO:

  ANTONIO PIÑA ALONSO. (Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 3 de Orense. Juez Decano).

TESORERO:

  JOSE RAMÓN SOLIS Y GARCÍA DEL POZO (Juzgado de lo Social nº 3 de Albacete)

RESPONSABLE DEL GABINETE DE COORDINACIÓN ASOCIATIVA :

JOSE MANUEL REGADERA SÁEZ. (Sección 19ª Audiencia Provincial de Barcelona)

RESPONSABLE DEL GABINETE DE ESTUDIOS Y DOCUMENTACIÓN:

MANUEL BELLIDO ASPAS. (Juzgado de lo Social nº 5 de Zaragoza)

RESPONSABLE DEL GABINETE DE DEFENSA JURÍDICA:

  JAVIER MARIANO BALLESTEROS MARTÍN. (Sección 4ª Audiencia Provincial de Madrid)

RESPONSABLE DEL GABINETE DE RELACIONES INTERNACIONALES:

  ÁLVARO MARTÍN GÓMEZ.( Juzgado de lo Penal nº 2 de Sevilla)

OFICINA JUDICIAL Y RESPONSABLE DEL PERIÓDICO DELIBERACIÓN:

  FRANCISCO DE ASÍS SILLA SANCHÍS (Juzgado de Instrucción nº 3 de Valencia)

RESPONSABLE DEL GABINETE DE JUECES:

  IGNACIO VILAPLANA LUQUERO (Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de Montilla – Córdoba) 

Por último, en el Congreso se discutieron cuatro Ponencias cuyas conclusiones os adjuntamos para vuestro conocimiento, y también encontrareis en nuestra página web

www.magistratura.es . Las Ponencias se titulan "El Juez y el nuevo modelo organizativo: la Oficina Judicial. Tribunales de Instancia"; "Estatutos y participación en la vida asociativa"; "El modelo retributivo de los jueces y sus riesgos laborales" y "La credibilidad del Juez ante la sociedad actual".

El Comité Ejecutivo

 

Nº 14 DELIBERACIÓN

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Nº 14 PERIODICO DELIBERACIÓN

Archivos adjuntos:
 Deliberacion 14.pdf[ ]1037 Kb
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CONCLUSIONES DEL XIX CONGRESO DE LA APM : UNA JUSTICIA DE CALIDAD

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1ª ponencia: El Juez y el nuevo modelo organizativo: Oficina Judicial. Tribunales de Instancia. Informatización

1. El desarrollo de la Oficina Judicial ha desconocido el carácter instrumental de ésta al servicio de la función jurisdiccional de Jueces y Magistrados a quienes constitucionalmente les está atribuida el ejercicio de dicha función bajo el principio de independencia. La Oficina Judicial en este diseño actual lejos de ser un instrumento ha pasado a suplantar al Juez. Y lo que es peor sin prestar un servicio de calidad al ciudadano. No ha cumplido su objetivo de mayor eficacia y eficiencia, burocratizando la tramitación, y precisando para hacer las mismas funciones de mayor personal, y no es modelo viable a desarrollar en grandes sedes judiciales. Es preciso con carácter urgente una reflexión profunda del modelo de Oficina Judicial recogido en la LOPJ.

2. Todo el proceso que ha traído como resultado la implantación de la Oficina Judicial se ha llevado a efecto sin una participación efectiva de los jueces. Pese a ello ha sido el sentido de la responsabilidad de jueces y magistrados el que en este año de andadura de la Oficina Judicial ha permitido su funcionamiento. El éxito de la Oficina Judicial no puede basarse en el voluntarismo de los afectados sino que debe contener en sí mismo mecanismos normativos para suplir la falta de éste.

3. La visibilidad del poder judicial en los edificios judiciales ha de estar presente en la infraestructura judicial (edificios, despachos) y en la documentación procesal (sentencias, providencias y autos) y en expedientes.

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